viernes, 24 de enero de 2014

Pruebas libres obtención título de Graduado En ESO.

Pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria ESO (2014)

A) Pruebas libres
-Resolución de 10 de diciembre 2013, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se convocan para el año 2014 las pruebas libres para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria destinadas a personas mayores de dieciocho años en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 304, de 23 de diciembre)



Requisitos >
  • 1. Personas mayores de 18 años, o quienes los cumplan en el año en el que se realicen las pruebas

    2. No estar matriculados en Educación Secundaria Obligatoria ni en las enseñanzas de Educación Básica para Personas Adultas en el momento de realización de las mismas.

    Las pruebas tendrán lugar durante la segunda quincena del mes de mayo, para la primera convocatoria, y durante el mes de septiembre, para la segunda convocatoria


Documentación a presentar >
  • 1. Solicitud según modelo que figure en cada convocatoria.

    2. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identificación de extranjeros.
    3. Declaración responsable de no estar matriculado en las enseñanzas citadas en esta Orden.

    Asimismo, en su caso, se adjuntará:

    4. Certificación académica oficial de los estudios superados, original o fotocopia compulsada de la misma, o fotocopia compulsada del Historial Académico de Educación Secundaria Obligatoria, para la aplicación de las exenciones previstas en el Anexo III de la Orden 3888/2008, de 31 de julio.
    5. Certificación en la que figuren los ámbitos superados en anteriores convocatorias de las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para las personas mayores de dieciocho años.
    6. Copia del Certificado Oficial de Estudios Obligatorios.
    7. Certificado o resolución del grado de discapacidad emitido por el órgano oficial competente, así como el correspondiente dictamen técnico-facultativo.

    Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, de acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

    Plazo de Inscripción>

    Primera 
    convocatoria será del 3 al 17 de marzo de 2014, ambos inclusive.
    Segunda convocatoria el plazo comenzará el 2 de junio y finalizará el 13 de junio de 2014, ambos inclusive.

    Realización de las pruebas>1. Las pruebas tendrán lugar de conformidad con lo que se establezca al respecto por cada centro en donde se realicen las pruebas.
    El lugar en que cada aspirante deba realizar la prueba será el que resulte de la aplicación del apartado sexto de esta Resolución.
    2. Los aspirantes deberán ir provistos del documento nacional de identidad, de la tarjeta de identificación de extranjeros o del pasaporte.
    3. Cada centro deberá exponer en su tablón de anuncios y en su página web, con antelación al 30 de abril para la primera convocatoria, y con antelación al 20 de junio para la segunda, el calendario, horario y lugar de realización de cada uno de los ejercicios que integran las pruebas en cada convocatoria.

    Listado de centros>

    Los centros en los que se podrán realizar las pruebas (Anexo I), se puede consultar en el campo de Información Relacionada, en la parte derecha de esta ficha.


Obtención presentación solicitudes documentación >
  • * Obtención de solicitudes:
    - En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y descargar.
    - En los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid

    * Presentación de solicitudes y documentación:
    a) Presencial:
    En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
    bPor Internet
    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción de “Internet” que le permite cumplimentar en línea el impreso de solicitud y anexar documentos, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa correspondiente para su tramitación.
    En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
    También podrán aportarse documentos, durante la tramitación del expediente, a través del servicio de aportación telemática de documentos, y enviar comunicaciones referidas a expedientes abiertos, accediendo a través de laconsulta de expedientes, dentro de la página de Administración Electrónica



Pruebas anuales de ESO

1. A estas pruebas podrán presentarse los alumnos que, al finalizar la Educación Secundaria Obligatoria tras cursar el cuarto curso de la etapa o el segundo curso del programa de diversificación curricular en un centro de la Comunidad de Madrid, no hayan  obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y reúnan los siguientes requisitos:
a) Tener dieciocho años.
b) Tener un máximo de cinco materias pendientes de calificación positiva de cualquiera de los cursos de la etapa.
 2. En el caso de los alumnos del programa de diversificación curricular, la última condición establecida en el apartado anterior se referirá únicamente a las que componen dicho programa, sin perjuicio de que a los alumnos que se hubieran incorporado al segundo curso del programa se les computen las materias pendientes de tercero incluidas en el mismo. A efectos del cómputo de materias, cada ámbito del programa de diversificación curricular contará como tres.
         3. Los alumnos solo podrán presentarse a estas convocatorias anuales durante los dos años siguientes al de finalización en régimen ordinario de la Educación Secundaria Obligatoria sin haber obtenido el correspondiente título. El hecho de no haberse presentado a la primera convocatoria no impedirá la posibilidad de presentarse a la segunda, que en este caso será la única en la que el interesado podrá participar.
 4. Los alumnos que se presenten a estas pruebas no podrán estar matriculados en otra modalidad de enseñanza que conduzca a la misma titulación.

PLAZOS.
Los alumnos podrán presentarse durante el mes de abril; y los exámenes y la celebración de las pruebas se llevará a cabo antes de la finalización de las actividades lectivas en los centros de enseñanza secundaria obligatoria.
- INSTRUCCIONES de 28 de enero de 2013 de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por las que se regula la convocatoria para el año 2013 de las Pruebas anuales para alumnos que no han obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria al finalizar la etapa.